No existe un criterio único para clasificar las ramas del Derecho, pero esta es una de las clasificaciones más extendidas, considerando el Derecho Penal y el Derecho Laboral como independientes del Derecho Público y del Privado:
1. DERECHO PÚBLICO: Interés general.
1. DERECHO PÚBLICO: Interés general.
A) DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA: cómo se adapta el Derecho español a las disposiciones normativas de la Unión Europea.
B) DERECHO CONSTITUCIONAL: protección frente a la vulneración de los derechos reconocidos en la Constitución Española.
C) DERECHO ADMINISTRATIVO: relación entre el ciudadano y la Administración Pública.
D) DERECHO TRIBUTARIO: establecimiento y aplicación de los tributos/impuestos (IVA, IRPF, IBI, IS, IVTM, etc.).
2. DERECHO PRIVADO: Interés particular.
A) DERECHO CIVIL: el más antiguo y amplio de todos los Derechos. Se dice que es el "padre" de todas las ramas del Derecho.
- Sanciones económicas, de hacer o no hacer una cosa (aquí no hay penas de prisión).
- Derecho de las personas, de los animales, de la propiedad, de las obligaciones y contratos.
- Nacimientos, adopciones, tutelas, divorcios, herencias, arrendamientos, compraventas, incumplimiento de contratos, etc.
B) DERECHO MERCANTIL: regula el comercio, es el Derecho de las empresas.
Derecho de sociedades, Derecho concursal, Derecho de la competencia, Derecho de patentes y marcas, Derecho a la propiedad intelectual e industrial, Derecho marítimo, etc.
3. DERECHO PENAL: Rama autónoma del Derecho Público destinada a sancionar penalmente determinadas acciones u omisiones.
- Penas de prisión y multas económicas, entre muchas otras.
- Homicidio, asesinato, terrorismo, hurto, robo, apropiación indebida, amenazas, coacciones, tráfico de drogas, abuso sexual, agresión sexual, violencia de género, etc.
4. DERECHO LABORAL: Regula las relaciones entre empresario y trabajador.
- Condiciones laborales, aplicación del convenio colectivo, despidos, bajas voluntarias, vacaciones, excedencias, permisos, salario, etc.
5. DERECHO PROCESAL: Regula el proceso jurisdiccional: a dónde se dirige una demanda, denuncia o cualquier escrito, qué plazos hay, qué es la audiencia previa y el juicio, qué pruebas se pueden proponer, cómo recurrir una resolución judicial, etc.